La nueva norma traerá cambios muy significativos en el modelo contable que aplican los arrendatarios, por el contrario la NIIF 16 no tendrá efectos en la contabilidad del arrendador, pues prácticamente continuarán con un modelo similar al de la actual NIC 17.
Asimismo la Norma define como fecha de comienzo de un arrendamiento la fecha en la que el arrendador pone a disposición del arrendatario el uso del activo subyacente, por lo tanto es en ese momento en que deberá reconocer un activo (derecho de uso del activo) y un pasivo por arrendamiento (cuotas por pagar durante el periodo del arrendamiento).
El cambio en cuanto al tratamiento contable resulta significativo para las compañías que alquilan bienes, ya que bajo la NIIF 16 la distinción entre arrendamientos financieros y operativos desaparece, pues todos los arrendamientos seguirán un mismo modelo, dentro del balance, que es similar al de arrendamiento financiero actual. Para el arrendador se mantiene la práctica actual, es decir, los arrendadores siguen con la clasificación dual diferenciando los arrendamientos financieros y operativos.
VIGENCIA:
La entrada en vigor de la norma conforme a lo emitido por el IASB y la oficialización en Perú por el Consejo Normativo de Contabilidad será a partir de enero de 2019. Las compañías pueden optar por aplicarla antes de esa fecha, pero únicamente si aplica también la NIIF 15 Ingresos de Contratos con Clientes.
EXENCIONES:
La norma establece dos exenciones optativas principales:
- arrendamientos a corto plazo; y
- arrendamientos en los que el activo subyacente es de bajo valor
IDENTIFICACIÓN DE UN ARRENDAMIENTO:
La entidad tiene la tarea de identificar en cada contrato la existencia de un arrendamiento o si se trata de un contrato de servicios.
La norma indica que un contrato es, o contiene, un arrendamiento si la compañía posee el control del uso de un activo identificado por un periodo de tiempo a cambio de una contraprestación.
PRESENTACIÓN:
Se advierte un cambio importante en el tratamiento contable para aquellas compañías que arriendan activos, ya que estos alquileres se incluirán en el balance, esto se traduce en un incremento de activos y al mismo tiempo un aumento en el pasivo financiero.
Respecto a la presentación en el estado de resultados, el arrendatario reconocerá la amortización del derecho de uso del activo y el gasto por los intereses del pasivo por arrendamiento.
En cuanto a la presentación en el estado de flujo de efectivo, se clasificará los pagos de efectivo por el principal del pasivo dentro de las actividades de financiación. Los pagos de intereses del pasivo por arrendamiento se presentan como actividades de operación y también pueden presentarse dentro de las actividades de financiación e inversión; mientras que las cuotas de arrendamientos de corto plazo, pagos por arrendamientos de activos de bajo valor y cuotas variables de arrendamiento no incluidas en la valoración del pasivo por arrendamiento, se incluirán dentro de las actividades de operación.